sábado, 10 de julio de 2010

¿Puede legalizarse la prostitución?

Este artículo me ha sido enviado por un lector de este blog, y a petición suya, le cuelgo en el mismo.

por Andrés QUINTERO.

Se suele decir que la prostitución es el oficio más viejo del mundo, y resulta que, a pesar de ello, al día de hoy no ha logrado ser reconocido como un oficio, con sus derechos y obligaciones como cualquier otro que, a nivel social, laboral, sindical, fiscal… tiene sus reglas establecidas.

Vamos a suponer que mañana se legaliza su situación. ¿Por dónde empezamos?...

Lo normal es que una persona que se quiera dedicar legalmente a la prostitución, lo mismo que un fontanero, se persone en la Delegación de Hacienda que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. Allí debe expresar su deseo en tal sentido, y el primer problema que se plantea es que no existe un epígrafe determinado para tal actividad. Ya se tiene una tarea administrativa: crear un epígrafe de actividad.

En segundo lugar se tiene que determinar si la actividad de la que estamos hablando es de tipo empresarial o de tipo profesional, pues el trato fiscal es diferente. En principio, habría que considerar que es una actividad profesional, como un abogado, pongamos por caso.

Como profesional independiente se podría dar de alta como autónomo o autónoma, pues igual estamos ante un prostituto que una prostituta. Y como a todo profesional autónomo, Hacienda debe tener establecido cómo va a ser la relación fiscal entre ambos. Es decir, puede ser en Estimación Objetiva (Módulos) o calculando el rendimiento neto por diferencia entre ingresos y gastos. Y por otro lado, damos por hecho que el IVA que se aplicaría a esta actividad sería el tipo máximo actual, el 18%. Después debería de darse de alta en el régimen especial de Seguridad Social para los autónomos.

Pero volvamos a Hacienda. Primera posibilidad: Módulos. ¿Cuáles serían los factores a tener en cuenta para calcular el rendimiento neto sin llevar contabilidad? Lo mismo que un bar o una peluquería, podrían ser la superficie del local donde va a trabajar, las camas disponibles, el personal auxiliar contratado… y ¡el mismo titular de la actividad!

Ahora bien. El interesado o interesada puede manifestar que no va a trabajar en un local determinado, sino que va a ejercer a domicilio de los clientes… es decir, un trabajo ambulatorio, como un electricista… O puede, que como un abogado, en alguna habitación de su vivienda para instalar lo necesario para atender al cliente de turno.

En muchos casos habrá que pensar que sus aspiraciones empresariales van mucho más allá, y quiere montar una especie de hotel de placer. Un edificio de varias plantas, muchos servicios y variados, bastante personal y todo lo necesario al fin que se propone, al estilo de muchos establecimientos que ya existen actualmente, pero que funcionan bajo la tapadera de que son un falso negocio hostelero.

En cualquiera de los modos expuestos, fiscalmente habría que determinar cuáles son los posibles gastos deducibles en esta actividad, pues los ingresos están claro cuáles serían: la parafernalia de servicios que constituyen la actual oferta y que se puede encontrar en las páginas de anuncios clasificados de la prensa diaria. Todo ello constituiría la base imponible de la facturación a la que se le aplicaría el correspondiente IVA del 18%, si es ése el estipulado por ley. Queda claro que muchos clientes no exigirían factura para, entre otras cosas, ahorrarse el importe del IVA, cayendo en la práctica habitual de otros negocios de manejar dinero B, dinero negro…

¿Y cuál sería la relación de posibles gastos a deducir? Si no se establece de forma clara y rotunda, la lista podría ser infinita y de lo más variopinta. Así habría que pensar en los preservativos, jabones, antisépticos, toallas, sábanas de un solo uso, látigos, cadenas, máscaras, proyectores de TV, películas porno… y por supuesto, los gastos normales de otras actividades como son el teléfono, la luz, el agua… y por supuesto, la publicidad.

Una vez que la actividad se ha dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social, hay que completar las gestiones iniciales. En la imprenta hay que encargar tarjetas de visita y presentación: Antonia García- Prostituta- Variedad de servicios-Málaga. Unas facturas en cuyo membrete se exponga perfectamente y sin ningún tapujo, la actividad y datos fiscales, incluido el NIF del titular.

A continuación habrá que contactar con una asesoría fiscal, contable y laboral, pues no es cuestión de llevar el propio interesado tanto papeleo, pues las obligaciones son puntuales y frecuentes, terminando con la propia declaración anual de la Renta.

Como decíamos al principio, la actividad se podrá ejercer en un piso que constituya la vivienda habitual del interesado o interesada. Los vecinos no podrán alegar nada en contra mientras la convivencia no se vea alterada, lo mismo que si fuese un despacho de un abogado o una consulta médica, situaciones habituales en muchos edificios. La interesada podría poner una placa en su puerta: Josefa Sánchez-Prostituta.

Si optara por instalarse en la planta baja de un edificio, éste habría de contar con locales comerciales y pedir previamente autorización de apertura al Ayuntamiento, el cual no habría de poner objeción ya que estamos hablando de una actividad legalizada.

Otra cuestión a determinar sería si fiscalmente una factura de un servicio de prostitución sería deducible en los gastos de una empresa. Por ejemplo, ésta podría cumplimentar a sus clientes con esta clase de servicios y luego, la factura incluirla entre los gastos de empresa. Lo mismo que un viajante, que lejos de su hogar conyugal varios días, puede haber necesitado estos servicios en mayor o menor cuantía. Su importe incrementaría los que hasta ahora se consideran habituales como dieta completa.

También habría que tener en cuenta una cuestión fiscal importante: las facturas emitidas por un profesional, además de IVA, llevan obligada una retención por parte del cliente del 15%, que éste debe reintegrar a Hacienda cada trimestre u ocasionalmente, como ocurre en el alquiler de un local comercial. Esto supondría un control fiscal añadido.

Por otro lado, las esposas (o los esposos, en su caso) verían bien que sus parejas visitaran estos locales con toda normalidad, ya que se trataría de una actividad legal, tan legal como tomarse unas cañas y unos aperitivos al término de la jornada laboral: Fermina, me he retrasado un poco porque he pasado un rato con unos compañeros de trabajo en la Hostería del Placer….

A pesar de disfrutar de todos los parabienes de la sociedad actual legalizando esta actividad, muchos clientes desearían gozar de un anonimato total. Ocurre que la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) exige a las empresas que manejan datos de clientes (entre otros) que esto se cumpla y por ese lado, dichas personas podrían respirar tranquilas, pues sus visitas a estos locales estarían amparadas por dicha ley.

A las empresas, dependiendo del tipo de actividad, se les exige un plan de prevención de riesgos laborales, que en este caso tendría una doble vertiente: por un lado el peligro de contagio de la prostituta o prostituto, y por otro lado el cliente o la clienta. Sin duda, dependiendo del número de servicios que se prestan a diario, de las personas que trabajan en el local… habría que exigir y comprobar unas normas de higiene total y un servicio médico prestado por un profesional.

De lo que llevamos expuesto podemos sacar como conclusión que la legalización de la prostitución conllevaría un sinfín de ventajas: control fiscal, aumento de ingresos, puestos de trabajo reconocidos, aportaciones a la Seguridad Social, reconocimiento de una profesión, seguridad sanitaria, distanciamiento de proxenetas y mafias, mejor ambiente social para los interesados y su entorno, más trabajo para asesorías fiscales…

Por todo ello es digno de tener en consideración tal posibilidad, dejando a un lado ideas trasnochadas, cínicas, falsas e irreales.

Solamente nos encontraríamos en este camino con un tropiezo: La opinión de la Iglesia Católica española. Pero ésta ya debería habituarse a controlar su entorno, dejando a la sociedad civil que controle el propio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario